Estudio Victoria. Trabajamos para que descanse
La situación suele ser la siguiente: ya hemos elegido la que será nuestra casa, hemos dado la señal y/o entrada (variable según pactemos) al vendedor y estamos a punto de firmar la hipoteca con el banco. el día de la firma, nos reuniremos con la entidad, el vendedor y un gestor. Pero el cheque por valor de la hipoteca que nos ha concedido el banco no bastará para cubrir todo el coste de la operación. ¿qué nos falta?
Principalmente, debemos aportar la diferencia entre el valor total (100%) de compra-venta de la vivienda y el préstamo (que suele ser del 80%-100%), es decir, tendremos que cubrir, en general, un 10% del valor de la vivienda con nuestros ahorros. además, hay un coste adicional al total de la vivienda que debemos tener previsto, formado por impuestos de la compra-venta + gastos de la compra-venta + gastos de la hipoteca que a continuación explicamos:
Los gastos (de gestor, notario y registro) de la hipoteca y la compra-venta son bastante similares, a través de un ejemplo veremos claro qué cantidad en euros conlleva cada uno de estos gastos y también qué peso del importe supone en total:
En resumen, teniendo en cuenta que los bancos suelen conceder hasta el 80% de financiación en sus préstamos, debemos ser conscientes de que, si buscamos casa, necesitaremos unos ahorros de alrededor del 30% en efectivo de su valor (el 20% que nos falta para llegar al 100% + otro 10% aproximadamente para cubrir gastos e impuestos).
En total, debemos prever que el coste de la hipoteca más los gastos supondrá entre el 107% y el 110% del precio de compra-venta.
La solicitud del Número de Identificación de Extranjero –NIE- la puede presentar usted en cualquier Comisaría de Policía, siendo la más cercana a Costa Adeje la situada en Las Américas. Dicha solicitud y recogida la tiene que hacer usted personalmente. Este trámite tarda como mínimo una semana. La documentación necesaria a presentar es la siguiente:
Es un impuesto que tiene que pagar al adquirir una vivienda nueva - que en la actualidad es el 8% del valor de la compra - y que tiene que ser abonado directamente a Alicur.
Es un impuesto que se paga sólo cuando se realiza la transmisión de la vivienda y es Alicur, en este caso, quien la tiene que pagar, ya que la Ley indica claramente que es un gasto a cargo del Vendedor.
Es un impuesto que recauda el Ayuntamiento y que tiene que pagar usted una vez al año. El importe de ese impuesto lo establece el Ayuntamiento.
Dependiendo de la operación que usted vaya a realizar en la compra de su vivienda el porcentaje de gastos varía. Básicamente se pueden dar tres casos:
Los gastos ascenderían aproximadamente a un 2% del valor de compra. Esa cantidad sería para pagar los Gastos de Escrituración de la Compraventa - Notario, Impuestos y Registro.
Los gastos ascenderían aproximadamente a un 4% del valor de compra. Esa cantidad sería para pagar
Comisión de subrogación (por el importe de hipoteca que ya tiene la vivienda)
Comisión de Novación (si cambia las condiciones de la hipoteca inicialmente establecidas)
Comisión de Ampliación (si solicita mayor importe de Hipoteca, a lo que tendría que añadirle gastos por una nueva tasación)
Seguro de la Vivienda (es obligatorio)
Tramitación de la escritura (la hace la propia gestoría del Banco)
Entonces los gastos pueden ascender hasta un 8% del valor de compra, todo dependerá de las condiciones que negocie con su banco. Esa cantidad sería a pagar:
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